La legítima
Aunque ya existe mucha información sobre la legítima en internet, me gustaría hacer hoy una pequeña referencia a esta materia, ya que en mi último artículo hable sobre "¿Qué ocurre cuando el fallecido no deja testamento?" Los dos temas están muy relacionados porque cuando terminéis de leer el artículo, veréis como por lo general, el "olvido" de los herederos forzosos no perjudica la legítima. En el Derecho sucesorio, se llama Legítima a aquella porción de bienes que el testador no puede disponer por haberla reservado la Ley a determinados herederos, llamados por ello herederos forzosos o legitimarios. Es decir, La legítima es la parte de la herencia de la cual no se puede disponer libremente tras el fallecimiento, sino que hay que repartirla entre los herederos forzosos. La legítima también afecta indirectamente a las transacciones inter vivos, es decir, a las donaciones. Esta figura se creó para garantizar la protección de la familia y la consanguinidad, ya que la familia queda [...]